Conoce la relevancia de la Comisión Negociadora en la elaboración de los Planes de Igualdad. Descubre sus funciones y pautas para su constitución según la normativa vigente. Tras la firma del compromiso de la empresa con los valores de igualdad, el primer paso para comenzar con un Plan de Igualdad es la constitución de la comisión negociadora. ¿En qué consiste?
En el post Los Planes de Igualdad, cada vez más importantes para las empresas, se hizo un breve repaso sobre los pasos a seguir para elaborar un plan de igualdad:
- Compromiso de la dirección de la empresa y constituir una comisión negociadora.
- Diagnóstico.
- Programación.
- Implantación.
- Seguimiento.
En este caso, vamos a centrarnos en la constitución de la comisión negociadora. Un aspecto obligatorio tal y como se refleja en el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. Se trata del órgano encargado de la negociación durante todo el proceso de elaboración y desarrollo del Plan de Igualdad.
¿Qué pautas hay que seguir para su constitución?
- Debe constituirse dentro del plazo máximo de los tres meses siguientes al momento en que se alcancen las personas en plantilla que hacen obligatorio el plan de igualdad.
- Deben participar de forma paritaria la representación de la empresa por una parte y, por otro lado, la representación de las personas trabajadoras (delegados y delegadas de personal).
- En el caso de no contar con representación legal de las personas trabajadoras, la empresa debe invitar a participar en la negociación a los sindicatos más representativos del sector.
- La composición de la parte social en la comisión negociadora será proporcional a su representatividad.
- No hay un mínimo como tal establecido, pero sí un máximo de seis miembros por cada parte: empresa y representación sindical.
- Es recomendable promover una composición equilibrada de mujeres y hombres en la comisión.
- Tanto la empresa como la parte social podrán contar con apoyo y asesoramiento externo especializado en materia de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, quienes pueden intervenir con voz, pero sin voto. Esta es uno de los servicios más importantes que desarrollamos desde Teis Recursos Humanos.
¿Qué funciones debe cumplir la comisión negociadora en los planes de igualdad?
- Realizar y analizar el diagnóstico de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y proponer medidas que eviten la discriminación y promuevan la igualdad, así como evitar el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, estableciendo protocolos de actuación.
- Identificar las medidas prioritarias según los resultados obtenidos en el diagnóstico. Además, deberán establecer su ámbito de aplicación, los medios y materiales humanos necesarios para su implantación, el cronograma para su desarrollo y los indicadores que se utilizarán para su seguimiento.
- Impulsar la implantación del plan de igualdad en la empresa. Una de las funciones principales, ya que se trata de una de las responsabilidades fundamentales de la comisión.
- Definición de los indicadores que serán utilizados para la medición de las acciones implantadas. También se encargará de establecer los instrumentos de recogida de información necesarios para realizar el seguimiento y la evaluación del grado de cumplimiento de las medidas establecidas en el plan de igualdad.
- Remitir el plan de igualdad, una vez aprobado, ante la autoridad laboral competente para su registro, depósito y publicación, tal y como lo establece la normativa vigente.
- Impulsar las acciones de información y sensibilización en materia de igualdad para toda la plantilla y la empresa en general.
- Negociar el protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual y el acoso por razón de sexo en la empresa.
Como puedes ver, la comisión negociadora es el eje principal en el desarrollo tanto del diagnóstico de situación como del plan de igualdad. Por ello, es tan importante que su constitución se realice correctamente y en cumplimiento de la normativa actual, esencial para lograr el registro del Plan de Igualdad con éxito.