El próximo 14 de abril finaliza el plazo que estimó el Gobierno para que todas las empresas tengan listo el registro retributivo de su plantilla. Este se inició en octubre del año pasado y dio seis meses de margen para que todas las compañías, sin importar su número de trabajadores, tuvieran disponible, a partir del 14 de abril, un registro salarial por sexos, con el fin de disminuir la brecha entre hombres y mujeres que realizan el mismo trabajo. De no contar con este herramienta, señala la LISOS (Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social), la empresa podrá enfrentarse a una sanción de hasta 6.250 euros y, en el caso de que se encontrara discriminación por razón de sexo, de hasta 187.515 euros.
Con esta medida se pretende detectar y combatir la desigualdad salarial que hay en el mundo empresarial, tanto de forma directa como indirecta. En este registro se incluyen además a los altos cargos y directivos para asegurar la mayor transparencia posible. A su vez, es necesario que estén presentes ciertos conceptos específicos para que el registro sea válido, así como calcular la media aritmética y la mediana de cada categoría de puestos. Si finalmente se encuentra que la media aritmética o la media de un sexo en un determinado puesto sobrepasa al otro en un 25% o más, la empresa deberá justificar que dicha diferencia no se debe al sexo de las y los trabajadores.
Lo que sí varía en función del número de trabajadores que tenga la empresa es la realización de las auditorías salariales. En las empresas que tengan una plantilla igual o superior a 50 empleados se deberá realizar una auditoría salarial inserta en el plan de igualdad, junto con el registro. Sin embargo, este último sólo es obligatorio desde marzo para las compañías de más de 100 trabajadores.
Si aún no has realizado el registro retributivo de tu empresa estás a tiempo de contactar con nuestro equipo para que te asesoremos y te ayudemos en la elaboración del mismo.